Actualmente los registros de dominios en la República Argentina tienen una vigencia anual y son absolutamente gratuitos.
Visite la página web de NICAr, presionando aquí.
Tener un dominio con terminación .ar lo identifica con la Argentina.
Los dominios con terminación .ar permiten que su nombre o el de su empresa en Internet se relacione directamente con la Argentina.
Adicionalmente, tienen otros beneficios, tales como aparecer mejor posicionados en los motores de búsqueda para términos relacionados con sitios argentinos y tener una mayor disponibilidad de nombres comparados con sus contrapartes genéricos .com, .net ó .org.
Proteja su nombre personal o el de su empresa y obtenga un identificador fácil de recordar para utilizarlo en internet.
Podrá utilizarlo para tener presencia en internet y promocionarse o promocionar a su empresa a nivel mundial, ya que al tener una página en la web, su sitio puede visitado desde cualquier rincón del Mundo.
Ejemplo: www.nombredesunegocio.com.ar
Asimismo, podrá utilizarlo para sus direcciones de correo electrónico.
Ejemplo: minombre@nombredesunegocio.com.ar
IAN PIERCEle ofrece la posibilidad de realizar el trámite del registro.
Solicítelo presionando aquí.
Si usted quiere verificar si su dominio está disponible ingrese NIC.AR y consulte su dominio
También podremos apoyarlo en todas las situaciones relacionadas con su nombre de dominio:
• Transferencia de dominios desde otro proveedor.
• Disputas y otros trámites ante NICAr.
• Apoyo para registro de dominios restringidos como .org.ar, .gov.ar, .mil.ar.
Requisitos para registro
Se recomienda leer atenta y completamente la Normativa Vigente en la página web de NICAr.
Los registrantes en el .com.ar, .net.ar y .org.ar deberán suministrar el número del Documento Nacional de Identidad o el número de C.U.I.T. o C.U.I.L., si se tratara de personas físicas, pues las personas jurídicas deberán suministrar el número de C.U.I.T. En caso de tratarse de solicitudes de personas físicas o jurídicas que no residan en la República Argentina, éstas deberán suministrar el número de su documento de identidad o de identificación tributaria del país de residencia.
Para quienes deseen las siguientes terminaciones, deberán cumplir con los siguientes requisitos:
.net.ar - Este dominio es exclusivo para proveedores de servicios de internet (ISP por sus siglas en inglés). La entidad registrante debe ser una ISP con licencia de la CNC para prestar servicios de valor agregado y registrada en la SeCom.
.org.ar - Únicamente pueden ser registrados por organizaciones no lucrativas, registradas como asociaciones civiles y religiosas, y por partidos políticos.
En caso de ser personas físicas, se deberá enviar una carta señalando que realizarán principalmente actividades no lucrativas.
Para registrar un nombre de dominio bajo los subdominios .gov.ar o .mil.ar, además del formulario web correspondiente, se requiere el envío de la solicitud por nota. Esta nota deberá estar redactada en papel con membrete de la entidad que registra el dominio a su favor, y contar con la firma original y el sello aclaratorio del funcionario responsable de la misma. Deberá estar dirigida a NIC Argentina y entregarse personalmente o por correo.
Los requisitos anteriormente listados son los que establece NICAr, que es la autoridad encargada de controlar los dominios .ar

IAN PIERCE efectúa el trámite de registro de nombre de dominio que Ud solicite a continuación, como valor agregado a los servicios contratados, de lo contrario deberá abonar el precio de la gestión administrativa por dicho tramite.
IAN PIERCE efectuará el registro del nombre de dominio ante el organismo correspondiente. Una vez finalizado el trámite queda el nombre de dominio como propiedad de la persona o empresa solicitante, bajo su exclusiva responsabilidad.
IAN PIERCE será designada como entidad administradora de los DNS y contacto técnico para resolver las cuestiones técnicas que puedan surgir con relación al dominio Ej.: renovación del dominio.
IAN PIERCE se exime de toda responsabilidad que pudiera surgir con relación al registro de dominio, frente al solicitante y/o terceros. Como así también de todo reclamo judicial o extrajudicial por daños y perjuicios que el nombre de dominio ocasione a terceros.
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